jueves, 31 de marzo de 2011

Aspectos legales de la fotografía.

A todos nos ha pasado que en algún sitio, tomando fotos, alguien nos ha dicho, por favor, no tomes fotografías aquí, que no está permitido, y muchas de esas veces, nos hemos guardado la cámara y nos hemos ido por donde hemos venido.

              Pues no debemos,  la mayoría de las veces, nos quedamos con las ganas de fotografiar algo, como la fachada de un edificio, porque el dueño de la tienda de la fachada, o el de seguridad, nos ha dicho que no se pueden tomar fotos ahí, y eso, casi siempre no es cierto, os lo explico aquí:

               Empecemos con las fotos a personas,  si tu haces fotos en la calle y hay gente, pues no pasa nada, ya que la foto no se centra en nadie, es decir, va más orientada a una situación. Se pueden hacer fotos de primeros planos de gente siempre que se cuente con su consentimiento, no tiene por que ser por escrito, si le haces una foto a alguien y estás como a 80 cm de él y lo sabe, el consentimiento está implícito, por así decirlo. Pero, esto es referente a la toma de fotos, si queremos difundirla, venderla y demás, debemos pedir una "cesión de derechos de imagen (sobre todo si la imagen va a pasar a ser para fines comerciales, por publicarla, no debería pasar nada, conviene preguntar si te deja para que no pase nada), si la imagen tiene interés histórico, político o cultural(incluyendo gente famosa) se permite la toma y difusión, incluso con ánimo de lucro.
                  Las fotos de menores deben ir acompañada de una autorización firmada por sus tutores legales, esto es más de sentido común, luego, las fotos de gente, en situaciones comprometidas, como por ejemplo, gente copulando en la calle, son ilegales, tanto la toma como la difusión.

                   Las fotografías tomadas en la vía pública (a no ser que incluyan edificios gubernamentales, como comisarías, cárceles,...) son totalmente legales, la típica situación de hacerle fotos a algo, como por ejemplo, a un edificio privado, tu estás en la calle y es tu derecho tomarle fotos a lo que te de la gana, si sale alguien a decirte algo, ni caso, y no te pueden tapar la lente ni mucho menos requisar la cámara, y en el caso de que te la coja y te elimine la foto, estaría cometiendo delitos contra la propiedad intelectual al destruir una obra y demás, de hecho, si un policía te dice que elimines una foto, no lo hagas, si tienes un testigo, dile que la elimine él, sin la autorización de un juez, no está autorizado a nada de eso, lo del testigo es, porque un policía tiene "supuesto de veracidad", es decir,si es su palabra contra la tuya, gana él.
                   Las fotos dentro de edificios, la normativa la marca el dueño del establecimiento. A veces

De todos modos, si las fotos no han presentado un problema y no has sacado dinero con ellas, habitualmente lo que pasa, es que te piden que la retires de donde la tengas colgada.

1 comentario:

  1. sergio, genial comentario... solo un pequeño inciso si me lo permites, cuando alguien saca fotos a un edificio oficial y en ella salen agentes de la autoridad, estos podran pedir (por motivos de su propia integridad) que sea eliminadas de la camara, es plenamente legal, igual que si valoran que dentro de las fotos se compromete la propia seguridad del edificio (por ejemplo en casos en los que la fotografia se centra en camaras de seguridad, posibles accesos, etc) en cuanto a pedir que la borren, se podran negar, pero el agente podra proceder a pedir su documentacion para hacer una minuta informativa de lo acontecido, no siendo que el tipo de fotografia implique males mayores, que siendo el caso, actuara con mayor firmeza. de todas maneras, es una linea delgada en lo que deberia primar el sentido comun, que es la ley mas universal :). un saludo y fantastico blog amigo!!

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